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GUAMINÍ

Nueva regulación para la pesca deportiva en Cochicó

Se permitirá únicamente la práctica los días sábados y domingos en horario de 8 a 20 y de 8 a 14 respectivamente. Se establece una cantidad máxima de piezas a extraer por pescador de 20 por día.

Nueva regulación para la pesca deportiva en Cochicó
Veradia.com

La Municipalidad de Guaminí informa que, la Dirección Provincial de Pesca que encabeza Mariano González, ha establecido la nueva regulación para la pesca deportiva en la Villa Turística “Balneario Cochicó”.
En base al pedido del Intendente Néstor Álvarez se dispuso lo siguiente:
"El Director Provincial de Pesca, Mariano González, en el marco de la Ley Provincial de Pesca Nro. 11477 y Reglamento 3237/95 y en base a los estudios limnológicos e ictiológicos llevados a cabo en Laguna Cochicó, a requerimiento del Sr. Intendente Municipal, sobre la necesidad de preservar la sustentabilidad del recurso de pejerrey, como así también de todas las especies que conforman la biodiversidad de los espacios lagunares.
Además, atento a que no se encuentra bien estructurada la especie, existiendo una baja cantidad de reproductores y ausencia de ejemplares juveniles, fundamentado esto en el informe técnico N° 139 de la Dirección de Desarrollo de Aguas Continentales y Acuicultura, efectuado en los meses de febrero-marzo de 2013, ha dispuesto que:
A partir del mes de mayo se permitirá únicamente la práctica de pesca recreativa y deportiva del pejerrey los días sábados y domingos en horario de 8 a 20 y de 8 a 14 respectivamente y se establece que la cantidad máxima de piezas a extraer por cada pescador será de 20 (veinte) por día, por pescador con un mínimo de talla de veinticinco (25) centímetros, medidos en línea recta desde el extremo anterior del cuerpo del pez, con la boca cerrada, hasta el extremo posterior de su aleta caudal".
Dicha suspensión tendrá vigencia hasta que nuevos estudios demuestren una mejora sostenible en el recurso íctico de la laguna Cochicó, los que se han de llevar a cabo en forma periódica no mayores a cuatro meses y estableciendo futuros trabajos sobre las preservación de los ojos de agua distritales en forma conjunta.

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