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Proponen trasladar el refugio canino

Jóvenes de Unión Celeste y Blanco enviaron al HCD un proyecto de ordenanza que propone trasladar el refugio canino y designar un profesional a su cargo. El texto fue enviado a este medio para su difusión.

Proponen trasladar el refugio canino
Veradia.com

Jóvenes de Unión Celeste y Blanco enviaron a este medio el texto de un proyecto de ordenanza que propone trasladar el refugio canino, designar un profesional a su cargo y otras medidas para reducir la cantidad de perros vagabundos. Señalan que la actual ubicación del refugio expone a los animales a enfermedades.

La agrupación de jóvenes del espacio político que actualmente conduce el Concejo Deliberante de Salliqueló envió el proyecto al HCD y fue ingresado en la sesión del martes 29 por correspondencia. También fue enviado a este medio el texto completo, para su difusión. El mismo se reproduce a continuación:

Salliqueló, 29 de Julio de 2014.
VISTO:
La necesidad de dictar una ordenanza que regule el funcionamiento de la perrera municipal y,
CONSIDERANDO:
-Que los animales se encuentran en precarias condiciones de salud, ya que residen dentro del predio del basurero municipal, estando expuestos a la contaminación del ambiente y en contacto con roedores.
-Se encuentran muchos animales fuera del perímetro del refugio los cuales pueden ser afectados por el control de plagas que se realiza en el basural donde se encuentra el mismo.
-Que no se fomenta la adopción de los animales, lo que reduce las posibilidades de los mismos a ser adoptados.
-Que el refugio actual no tiene capacidad para albergar a todos los perros que se encuentran en situación de calle y/o abandono dentro de la localidad. Lo que conlleva a que haya muchos perros vagabundos dentro de la comuna, con los inconvenientes que esto acarrea. (rotura de bolsas de residuo en la vía pública, veredas con eses de animales, maniobras de transito riesgosas para evitar atropellar a los perros que se cruzan en la calle, etc.).
-Que ante la presencia de perros que rompen bolsas de basura y dañan la propiedad privada, algunos vecinos optan por envenenar a estos animales, poniendo el veneno directamente en la vía pública, con el gran riesgo que puede acarrear esta situación.
-Que no existe un ente, o una persona física, a la cual poder acudir cuando encontramos a un perro en situación de riesgo (enfermo o lastimado) y no tenga un dueño aparente. Dependiendo la situación, de que los vecinos se hagan cargo de su atención y de la buena predisposición de un profesional para atenderlo sin costo.

ORDENANZA
ARTICULO 1°).- Trasládese la perrera Municipal hacia un espacio libre de contaminación, basura, enfermedades y roedores, con buenas condiciones de salubridad e higiene. Establézcase en este nuevo lugar un plan de control de plagas el cual no perjudique la salud de los perros.
ARTICULO 2°).- Desígnese a un profesional para controlar la alimentación y el estado de salud de los animales.
ARTICULO 3°).- Créase una libreta sanitaria de cada animal en la que conste su vacunación, sexo y toda aquella información que el médico veterinario considere de importancia.
ARTICULO 4°).- La comuna deberá fomentar la adopción de los animales que residen en la perrera municipal, a través de:
-Redes sociales.
-Gráfica (Folletos de concientización para entregar en las escuelas).
-Audiovisual (Publicidad en los medios de comunicación).
En donde también se informe de las responsabilidades y deberes que se adquieren a la hora de hacerse cargo de un animal.
ARTICULO 5°).- Los perros entregados en carácter de adopción, deberán entregarse vacunados, desparasitados y castrados, con la libreta sanitaria correspondiente.
ARTICULO 6°).- Los vecinos que lo requieran podrán llevar a su perro al refugio, si por distintos motivos éste no pudiera tenerlo, ya sea porque el perro es violento, no tiene el lugar necesario o cualquier otro motivo.
ARTICULO 7°).- Desígnese un encargado que periódicamente recorra la ciudad y lleve a los perros en situación de calle al refugio. Perros sin identificación y perros con identificación que causen molestias.
En el caso de perros con dueño que deambulen y causen molestias a terceros ya sea en la vía pública o en propiedad privada, el afectado podrá realizar la denuncia correspondiente y el encargado del refugio deberá llevarse al perro.
Si el dueño presenta interés en recuperar al animal, deberá hacerse cargo económicamente de los daños producidos.
ARTICULO 8°).- Promuévase una campaña de identificación masiva a la totalidad de los perros del distrito y de castración de perros vagabundos y aquellos que sus dueños soliciten.
ARTICULO 9°).- De forma.-

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