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Una medida judicial impide a EDEN cortar el suministro de energía al frigorífico de Tres Lomas

El Juzgado de Paz Letrado de Tres Lomas, a cargo del Dr. José Oscar Cuñado, dictó este jueves 19 una medida cautelar que prohíbe a la empresa EDEN SA suspender el suministro de energía a la planta frigorífica de Tres Lomas por cualquier causa, aún por falta de pago de las tarifas.

Una medida judicial impide a EDEN cortar el suministro de energía al frigorífico de Tres Lomas
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Esta es una de las primeras resoluciones a nivel nacional que pone coto al aumento indiscriminado de tarifas (en este caso de electricidad) dispuesto por el Ejecutivo Nacional a principios de año, y que se comenzó a visibilizar en la facturación de las empresas distribuidoras de energía en el mes de abril.

La medida se dictó en el marco del expediente que tramita por ese Juzgado de Paz Letrado caratulado “Deovolente SA c/EDEN y otros s/Amparo – Medidas Cautelares”.

La firma Deovolente SA, dueña del frigorífico treslomense, interpuso un amparo contra el Estado Nacional y contra Empresa Distribuidora de Energía Norte S.A., solicitando se declare la nulidad absoluta y consecuente inconstitucionalidad de las Resoluciones N°6 y 7/2016 emanadas del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y la Resolución N°1/2016 emitida por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

A la vez se solicitó una medida cautelar a efectos de que se disponga la refacturación de las boletas de electricidad expedidas por EDEN SA con los precios anteriores al aumento, desde el mes de abril y hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión.

El abogado Franco Uriarte Prieto, apoderado de los dueños del frigorífico, explicó, en declaraciones publicadas por la Fm Top: “En la acción interpuesta se peticionan dos cosas principalmente. Una es, mediante el Amparo, la declaración de nulidad absoluta y consecuente inconstitucionalidad de las resoluciones del Ministerio de Energía y Minería y del ENRE que efectivizan los aumentos de tarifas de electricidad. Esto deberá resolverlo un organismo jurisdiccional con competencia nacional que será sorteado en la Receptoría de Expedientes de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Ciudad de Bahía Blanca.

La otra es la medida cautelar de no innovar. Así, se solicitó al Juez de Paz Letrado –que con acertado criterio aceptó la competencia para resolver esta cuestión- la suspensión de la ejecutoriedad de las resoluciones mencionadas, y con ello obligar a EDEN SA en su carácter de distribuidora a aceptar el pago de la factura del servicio excluyéndose el aumento ordenado por el Ejecutivo Nacional en el caso de las facturas ya emitidas y en relación a las facturas a emitir proceda a refacturar sin dicho aumento”.

Lo que finalmente dispuso el Juez Cuñado fue prohibir a EDEN S.A. la suspensión, corte y/o cualquier otra disminución en el suministro de energía eléctrica a la Planta Frigorífica ubicada en la localidad de Tres Lomas, y respecto de la facturación de los períodos con vencimiento a partir del 11 de abril de 2016 inclusive.

Aún queda por resolver el plazo de vigencia de la medida cautelar dictada.