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COVID-19

Tres Lomas recuerda que el personal doméstico no está exceptuado

La Municipalidad lo aclaró tras recibir reiteradas consultas al respecto. Por el contrario, se encuentran habilitados para trabajar Acompañantes Terapéuticos o quienes deban asistir a ancianos o a personas con discapacidad.

Tres Lomas recuerda que el personal doméstico no está exceptuado
Veradia.com

Ante la innumerable cantidad de consultas recibidas, la Jefatura de Gabinete de la Municipalidad de Tres Lomas aclaró que el personal doméstico está incluido en el grupo de actividades que deben realizar el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, y sus remuneraciones estarán sujetas a lo que establecen los contratos de trabajo.

Así se desprende del Decreto Presidencial Nro. 297/2020, que en su artículo 2° dispone: “Durante la vigencia del ‘aislamiento social, preventivo y obligatorio’, las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren a las 00:00 horas del día 20 de marzo de 2020, momento de inicio de la medida dispuesta. Deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, todo ello con el fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19 y la consiguiente afectación a la salud pública y los demás derechos subjetivos derivados, tales como la vida y la integridad física de las personas”. 

Además, cabe acotar que esta actividad no ha sido exceptuada en ninguno de los decretos subsiguientes.

Por su parte, si están exceptuados (es decir; están autorizados a trabajar) los Acompañantes Terapéuticos o quienes deban asistir a ancianos o a personas con discapacidad. Así lo establece el mismo decreto en su artículo 6° inciso 5, cuando dice:

 

ARTÍCULO 6º.- Quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, según se detalla a continuación, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios:

 

Inc.5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes. 

 

Sigamos cumpliendo el período de aislamiento social preventivo con responsabilidad ciudadana. Es la única manera efectiva de prevenir el COVID19.