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SOLICITADA DEL CIRCULO MÉDICO

Fijaron posición sobre el proyecto de ley de humanización de la salud

A raíz del pedido de apoyo al Concejo Deliberante para el proyecto, los médicos emitieron un comunicado donde expresan su opinión al respecto.

Fijaron posición sobre el proyecto de ley de humanización de la salud
Veradia.com

Los médicos de Salliqueló nos dirigimos a ustedes para hacerles conocer nuestra posición con respecto al proyecto de ley presentado ante el Concejo Deliberante con el objetivo de garantizar el derecho a la vida y a la salud y solicitando la adhesión al mismo.

 

Nadie puede oponerse a valores tan loables e indiscutibles como el derecho a la vida y a la salud, ni a la búsqueda o reconquista de la humanización de la medicina. Tampoco se pueden ignorar las obligaciones, derechos y garantías que nos asisten en el ejercicio de la profesión; pero, las normas que se postulan en el proyecto traducen un desconocimiento de las regulaciones ya vigentes y un avance injustificado e ilegítimo sobre las nuestras obligaciones, derechos y garantías.

 

El trato humanitario y digno del paciente, su derecho a una adecuada, veraz y completa información sanitaria (historia clínica y consentimiento informado), el respeto por la autonomía de su voluntad, la carrera hospitalaria de los médicos, etc., son todos principios ya regulados por leyes vigentes: Ley 26.529 de “derechos del paciente”; Ley 25.929 de “parto humanizado”; Ley 26.657 de “salud mental”; Ley 26.742 de “muerte digna”, Ley 10.471 de “carrera profesional hospitalaria” bonaerense, y sus reglamentaciones, entre otras; la pretensión de crear el delito penal de “mala praxis”, considerando agravantes a la imprudencia, la negligencia, la impericia y/o el dolo, traduce un grave desconocimiento de los principios del derecho penal moderno y de la sistemática del Código Penal de la Nación, dentro del cual la mala praxis médica está contemplada, tanto en su forma dolosa como culposa. Pero además importa una aberración jurídica computar a la imprudencia, negligencia o impericia (todos modos de configurar la culpa) como agravantes del delito cometido bajo alguna de esas formas del tipo penal;

 

Finalmente, pretender que, con la sola denuncia, el Colegio de Médicos suspenda al médico en su matrícula constituye un grave avance sobre el “principio de inocencia” que consagran el art. 8.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), el art. 18 de la Constitución Nacional, el art. 10 de la Constitución Provincial y el art. 1º del Código Procesal Penal Bonaerense.

 

Los colegios de médicos de la provincia no poseen el poder de policía sanitaria con el alcance que le asigna el proyecto en cuestión. La existencia de un delito penal o de un ilícito civil solo puede ser declarada por un juez, por lo que serán sólo los jueces quienes, analizando los hechos y respetando el derecho a la defensa, pueden imponer las interdicciones que el proyecto postula.

 

En suma, partir de un prejuzgamiento del desapego, descuido o ineptitud de los médicos constituye una premisa injusta y lesiva para el vínculo de confianza que debe existir en la relación de los pacientes con los profesionales de la salud y el sistema de su atención.

 

Hoy, los tan cuestionados, aquellos que hemos atendido a familias enteras, recibido el nacimiento de tantos niños, curado, aliviado, acompañado somos conscientes que a pesar de aplicar correctamente nuestros conocimientos de la ciencia médica no siempre los resultados son favorables. Aun así, seguimos sosteniendo el cuidado de la salud de nuestra comunidad como parte de un equipo sanitario que da lo mejor de cada uno.

 

Circulo Médico Salliqueló

 

 

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